Delta del Paraná

Alertan sobre el impacto del calentamiento global en el Delta del Paraná. Legislación y jurisprudencia. Acciones colectivas frente a la problemática ambiental.

“El delta del Paraná, en el noreste de la Pampa Norte, es un sistema muy susceptible a los cambios ambientales y constituye un archivo de los últimos miles de años de la historia de la región, de gran importancia para Sudamérica”, Indica Daniela Kröhling, investigadora del CONICET y de la Universidad Nacional de San Juan. Dicho trabajo ha sido recientemente publicado en los reportes científicos de acceso abierto que tiene la prestigiosa revista científica NATURE.

Su trabajo aborda de manera novedosa el Río Paraná como un registro geológico de los distintos cambios del clima a lo largo de los siglos, manifestando que los cambios climáticos controlaron la evolución del Delta. Siguiendo esta línea, se desprende que un cambio mínimo en la temperatura, como un ligero enfriamiento, convertiría una región altamente productiva como la Pampa en un desierto improductivo.
Con la hipótesis planteada y los resultados disponibles en su investigación, se espera que este tipo de trabajos potencien el debate y generen un aporte a la discusión sobre el calentamiento global en el hemisferio sur.
Desde el punto de vista jurídico, es fundamental abordar las acciones dirigidas a proteger el patrimonio natural y los bienes colectivos de la población, así como preservar de manera estratégica, las economías regionales que se basan en condiciones climáticas estables. Sobre esta problemática entran en juego las Acciones Colectivas.
La tutela colectiva, la “acción colectiva” o “acción de clase”, supone que una resolución judicial tiene un alcance general para todas las personas o miembros de un grupo que se vean afectados en un mismo derecho. De esta forma se evita la multiplicidad de demandas por un mismo hecho. Las acciones de clase son herramientas estratégicas para ejercer la protección de los Derechos Ambientales ante amenazas concretas.
Es fundamental reaccionar de manera urgente ante daños concretos que pueda sufrir el medio ambiente en general, y la posibilidad de reaccionar preventivamente de manera colectiva, algo que constituye una novedad en materia de Acciones Colectivas.
El impacto para la economía en la variación del clima, podría tener consecuencias inimaginables, por este motivo es fundamental la actuación preventiva. Para el caso concreto, ya se registran acciones colectivas ambientales con buenos resultados. Para el caso del Litoral, una Acción Colectiva de Amparo llegó a la Corte Suprema de Justicia, dictaminando que los humedales del departamento de Gualeguaychú, en la provincia de Entre Ríos, deben ser protegidos. La sentencia ordenó la detención de las tareas de una empresa que había realizado desmontes y levantamiento de diques en la zona del Parque Unzué.
Es fundamental reaccionar sobre el impacto directo de las acciones humanas en el medioambiente, como también los potenciales daños a largo plazo. La modificación en las condiciones climáticas debe ser una preocupación jurídica y una temática de estudio legal. Las razones que causen o puedan causar impacto en el medio ambiente deben ser analizadas empíricamente y deducidas jurídicamente.
En la Provincia de Buenos Aires, contamos con órganos administrativos propios y calificados para la problemática ambiental, como el Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible (OPDS), del cual dependen evaluaciones y fiscalizaciones ambientales en todos los distritos, y otros organismos como el Comité de Cuenca del Río Reconquista (COMIREC). A nivel nacional la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sostenible, bajo la jurisdicción de la Jefatura de Gabinete de Ministros, implementa políticas ambientales y fiscalización a lo largo de todo el País.
La Ley Nacional N°25.675, Ley General del Ambiente, establece los presupuestos mínimos para una gestión sustentable y adecuada del ambiente, la preservación y la protección de la diversidad biológica y la implementación del desarrollo sostenible, según su Art. 1.
Existiendo instrumentos normativos, instituciones administrativas y jurisprudencia sobre casos concretos, no podemos permitir que la crisis ambiental nos tome por sorpresa. Es fundamental el rol de la sociedad civil en exigir la implementación de las políticas ambientales aprobadas por ley, y también el estudio de los futuros problemas ecológicos que podríamos afrontar como sociedad.
Marshall Mcluhan decía que no existe inevitabilidad alguna, siempre y cuando se tenga real noción de lo que está sucediendo.

brickel

Por Leonardo Güi – Abogado – Docente UBA-UCES