A partir del 1 de abril de 2020, se eliminará el turno electrónico para realizar la tramitación del Símbolo Internacional de Acceso en la Agencia Nacional de Discapacidad.
Cabe destacar que se respetarán los turnos que se hubieran asignado con anterioridad, y se aceptarán los turnos por demanda espontánea.
Durante los primeros 60 días, a los efectos de favorecer la regularización del sistema, se establecerá un cupo limitado para aquellos que se presenten espontáneamente.
En ese sentido, aquellas personas que posean turnos con posterioridad al 1 de abril de 2020, ya otorgados por el sistema, podrán esperar los turnos asignados o presentarse a realizar los mismos.
Esta medida se toma para que las personas con discapacidad puedan obtener el símbolo en las condiciones que las mismas se merecen.
Así mismo, a las personas con discapacidad mayores de 18 años no se les requerirá ningún procedimiento judicial que determine la capacidad jurídica.
La sola presencia de la persona con discapacidad, con la presencia de sus apoyos, y cumpliendo los requisitos que la normativa establece, alcanza para la obtención del símbolo internacional de acceso.
Vale aclarar que la persona con discapacidad que cuente con sistema judicial de apoyo oportunamente otorgado o sistema de curatela, deberá presentarse junto con su representante con copia autenticada de la resolución.