El impacto ambiental en la ley de emergencia económica

Un elemento central a tener en cuenta en el análisis sobre las consecuencias ambientales de la Ley de Emergencia Económica, es filtrar de su contenido, el impacto en las políticas gubernamentales sobre medio ambiente. Para ello es necesario analizar el recorte o la reasignación de partidas presupuestarias que la ley implicaría. El proyecto aún no fue ingresado al parlamento, por lo tanto, debemos hacer una hipótesis sobre los trascendidos públicos de su contenido.

Antes de esto, es fundamental entender las consecuencias de que la Argentina no va a tener presupuesto 2020 hasta que, según las declaraciones públicas del nuevo gobierno, se renegocie la deuda contraída con los organismos multilaterales de crédito. Una situación extremadamente compleja, además de implicar un amplio consenso parlamentario en el caso de que se envíe un nuevo proyecto de presupuesto. La decisión de la nueva administración en no tratar el proyecto de presupuesto presentado por el anterior gobierno, en el marco de un cambio político y coyuntural muy fuerte, tira por la borda algunos puntos muy interesantes en cuanto a la financiación de la política ambiental gubernamental.  Uno de ellos era un aumento del 30% para la Secretaría de Gobierno de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación, lo que implicaba un incremento considerable en relación al 2019. Este aumento tampoco contabilizaba los fondos adicionales de la Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo (ACUMAR) organismo bajo la órbita del Ministerio del Interior de la Nación.

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Por lo tanto, en un contexto de aumento general de las políticas ambientales, sumado a un incremento considerable en el presupuesto para las mismas, hacían prever un 2020 con una buena expectativa ambiental.

Descartado el tratamiento del proyecto, deberíamos descartar, en principio, estos incrementos. En la situación actual, sin presupuesto general, y menos en materia ambiental, lo que sí podemos destacar es la propuesta de jerarquización de las políticas ambientales mediante la creación de un ministerio de ambiente. Esta institución fue jerarquizada mediante decreto de Necesidad y Urgencia N 7/2019, tomando como situación excepcional, la emergencia administrativa por parte del gobierno entrante, por lo que deciden modificar la ley de Ministerios con un Decreto, una práctica siempre polémica en nuestro ordenamiento jurídico.

En cuanto a la ley de emergencia económica, elemento central para atravesar la administración financiera del estado sin presupuesto oficial, la primera consecuencia ambiental que podemos observar, es la discrecionalidad en la modificación de partidas. La emergencia económica otorga facultades al Jefe de Gabinete para reasignar partidas presupuestarias y modificar alícuotas de impuestos, una potestad siempre polémica.

Lo que textualmente dice el decreto que convoca a sesiones extraordinarias del congreso, son proyectos de “solidaridad social y reactivación productiva” en un contexto de emergencia económica. Tomando como antecedente directo, la ley de emergencia económica de enero del 2002 en vigencia hasta el 2017. 

El antecedente directo nos indica que la emergencia económica funciona para que el Ejecutivo Nacional pueda tomar decisiones que, en una situación ordinaria, deberían pasar por el congreso, o al menos, por entes descentralizados. Es una medida muy útil para la gestión pública, pero muy mala para la calidad institucional.

El problema central de la emergencia económica en materia ambiental, es la discrecionalidad del Ejecutivo en manipular partidas económicas en las materias que considere urgente, pudiendo delegarse el siempre menospreciado problema ambiental. Lo bueno de las reglas claras y de los presupuestos asignados, es que, sea mucho o poco, el colectivo ambiental sabe dónde y cómo reclamar. Si bien es cierto que el 30% anunciado en el proyecto de presupuesto abortado estaba muy detrás de la inflación del 2019, al menos estaba claro cuánto iba a ser, por lo tanto, podíamos esperar respuesta en base al presupuesto. Lo que nos deja la emergencia económica, es una incógnita total sobre cómo se financiará el flamante nuevo Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, y el alcance presupuestario que tendrán los entes como ACUMAR.

Será cuestión de esperar y fiscalizar por parte del colectivo ambiental, que la política de jerarquización ministerial sea acompañada de una financiación acorde a su estatura, y que no sea un mero título perdido en un mar de anuncios optimistas.

Por Leonardo Güi – Abogado – Docente UBA-UCES