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Comenzó a regir el nuevo DNU: qué se puede hacer y en qué horarios dentro del AMBA

La nueva etapa de restricciones ante la segunda ola de contagios de coronavirus comenzó a regir este sábado y se extenderá hasta el próximo 25 de junio, luego de que se publicara el nuevo Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU), que estableció algunas aperturas en actividades como la gastronomía, la educación y otros rubros.

“Debemos continuar con las medidas para garantizar que todos puedan acceder a la atención sanitaria que necesitan y se merecen. Que a nadie le falte la cama que necesita”, sostuvo el presidente Alberto Fernández al anunciar el pasado viernes los lineamientos generales de las nuevas medidas restrictivas.

En la edición de este sábado del Boletín Oficial el Gobierno publicó el DNU 381/2021, que ratificó el denominado semáforo que clasifica a las distintas jurisdicciones en niveles epidemiológicas y sanitarias y se los dividió en cuatro zonas: bajo riesgo, medio riesgo, alto riesgo y alerta epidemiológica.

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La clasificación se realiza en base a la razón y la incidencia de los contagios: el primero es el resultado de comparar los casos positivos que hubo en los últimos 14 días con los de los 14 días previos; mientras que el segundo es el número de positivos confirmados acumulados de los últimos 14 días por cada 100 mil habitantes.

Los tres primeros niveles son para departamentos o partidos de más de 40.000 habitantes, mientras que la alerta epidemiológica y sanitaria se aplica a los grandes aglomerados urbanos, departamentos o partidos de más de 300.000 habitantes: estos se considerarán en alerta si la incidencia es igual o mayor a 500 casos cada 100.000 habitantes, o donde el porcentaje de ocupación de camas Unidades de Terapia Intensiva es igual o mayor al 80 por ciento.

El nuevo DNU estableció las restricciones en las zonas categorizadas como en alerta epidemiológica y de alto riesgo, en las que se encuentran los grandes centros urbanos del país, principalmente.

En lo que hace a la gastronomía, en las zonas en alerta los bares y restaurantes sólo podrán atender en espacios habilitados al aire libre, deben cerrar a las 19:00 y luego funcionar con modalidad de delivery o “take away”; mientras que en los distritos de alto riesgo el funcionamiento se puede extender hasta las 23:00, con protocolos estrictos y un 30 por ciento de aforo en el interior de los locales.

Por su parte, los comercios no esenciales ubicados en zonas de alta circulación viral pueden abrir entre las 6:00 y las 19:00, aunque los shoppings y centros comerciales tienen prohibido abrir.

Se mantiene la prohibición de realizar actividades sociales, culturales y religiosas en los lugares de alto riesgo, entre los que se incluyen casinos, bingos, discotecas y salones de fiestas. En tanto, cines, teatros, clubes, gimnasios, centros culturales y otros establecimientos afines podrán funcionar al aire libre.

Otro de los puntos que se definieron fue el del funcionamiento de escuelas y colegios: si bien se mantendrán las clases presenciales y las actividades educativas no escolares presenciales en la mayoría del país, en los lugares que están en alerta epidemiológica se decidió que siga suspendido el dictado de clases presenciales en todos los niveles.

Finalmente, en las zonas de alerta epidemiológica se mantendrá la prohibición de circular entre las 20:00 y las 6:00, con la excepción de los trabajadores esenciales, así como en los lugares donde hay alto riesgo de propagación del virus la restricción rige entre las 0:00 y las 6:00.

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